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Pasar la ITV

¿Una obligación o una necesidad?

En Direct Seguros somos muy conscientes de la importancia de la puesta a punto de su vehículo para disfrutar de él con toda la seguridad.

La Inspección Técnica de Vehículos (ITV) está destinada a asegurar que los vehículos que se encuentran en circulación cumplen una serie de condiciones técnicas mínimas que permiten:

  1. garantizar la seguridad de las personas,
  2. reducir al máximo el riesgo de accidentes por causas técnicas y
  3. proteger el medio ambiente a través de la reducción de los gases de escape.

Pasar la ITV es pues un paso fundamental. No se trata sólo de cumplir con la normativa, sino de asegurarse de que todos y cada uno de los mecanismos del vehículo están en condiciones para afrontar cualquier desplazamiento. La ley establece una periodicidad mínima obligatoria para pasar la ITV1

Si no quiere tener ningún problema con este trámite, le recomendamos que tenga en cuenta estos consejos:

  1. Acuda a la revisión con toda la documentación original en regla, y pida cita previa con antelación suficiente.
  2. Compruebe el nivel de aceite del motor, los sistemas de iluminación, y el estado de los neumáticos.
  3. No realice modificaciones ni instale elementos que varíen la homologación del vehículo y afecten a su seguridad.
  4. Siga las instrucciones aconsejadas por el fabricante de su vehículo y sométalo a las revisiones periódicas recomendadas.

Recuerde que pasar la ITV es mucho más que una obligación, es una garantía para disfrutar al máximo de una perfecta conducción.

1Así, para los turismos de uso privado (la mayoría de vehículos matriculados) está establecido que la primera revisión se ha de realizar al transcurrir 4 años desde la fecha de matriculación, y deberá repetirse cada 2 años hasta que cumpla los 10 años; a partir de ese momento se deberá pasar anualmente. Para las furgonetas se dobla esta periodicidad, es decir, la primera es a los dos años, y se repetirá cada 2 hasta los 6 años, luego anual hasta los 10 años y a partir de los 10 años, cada 6 meses. Los vehículos que hayan sufrido un daño importante a consecuencia de un accidente que pueda haber afectado a algún elemento de seguridad (dirección, transmisión, frenado, suspensión, bastidor o alguna estructura de anclaje) pueden ser obligados a realizar una revisión según el dictamen del atestado, retirándoles en este caso el permiso de circulación a sus conductores y enviándolo a Tráfico hasta que la avería este solventada.

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